Diario de una estudiante de Formación y Orientación Laboral

lunes, 28 de marzo de 2022

DERECHO DEL TRABAJO: RELACIÓN LABORAL

 


El Derecho del Trabajo regula los conflictos que pueden surgir en las relaciones TRABAJADOR vs EMPLEADOR.

Relación Laboral, según se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, es la relación que cumple las siguientes características:

- Personal: el trabajo no lo puede realizar otra persona distinta de la contratada.

- Voluntaria: nadie puede ser obligado a trabajar en contra de su voluntad, ni siquiera los presos.

- Retribuida: el trabajador vende su trabajo, no es un esclavo

- Por cuenta ajena: el trabajador cede su trabajo al que le paga.

- Subordinada: el trabajador recibe directrices para realizar su trabajo

Se hablaría de relación mercantil si no cumpliera alguno de los puntos anteriores.

El Derecho Laboral es protector del trabajador al ser éste el elemento más débil en la relación laboral. 

El carácter protector se manifiesta en los siguientes principios:

- Principio de Irrenunciabilidad de Derechos del Trabajador: el trabajador no puede renunciar en ningún caso a los derechos a los que puede acogerse por ley, aunque no estén incluidos en su contrato.

- Principio de Norma más Favorable: en caso de que el trabajador esté protegido por varias normas, se le aplicará aquella que le resulte más favorable, la que en conjunto le otorgue más derechos.

- Principio Pro-operario: si una norma puede tener distintas interpretaciones, se interpretará en el sentido más favorable para el trabajador.


El trabajador puede recurrir a las siguientes fuentes de derecho que recogen cómo están reguladas las relaciones laborales:

- ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

- CONVENIO COLECTIVO LABORAL

- CONTRATO DE TRABAJO: que solo puede mejorar las condiciones de trabajo en aplicación del Principio de Irrenunciabilidad.

 


 

 


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